La Inspección Nacional del Trabajo – Dirección Central de Coordinación Jurídica, mediante su Nota nº 1229, de 16 de junio de 2022, aportó aclaraciones relativas a la utilización de los formularios «UniRete» a los que se refiere el Decreto Ministerial nº 205/2021 para la comunicación de los trabajadores en comisión de servicio dentro de los contratos de red y de los trabajadores en situación de codificación en los denominados «sujetos-redes«.
En cuanto al desplazamiento, el INL ha precisado que los mencionados formularios «Unirete» deben utilizarse exclusivamente en relación con los trabajadores en régimen de codificación, tanto si se trata de un desplazamiento dentro de la red, es decir, en una empresa que pertenece a la red pero no es un codirector, como si se trata de un desplazamiento fuera de la red. En estos casos, siempre será responsabilidad de la empresa indicada como «persona de contacto» en el contrato de red realizar las comunicaciones pertinentes.
En cambio, en el caso de que el desplazamiento por parte de las empresas de la red implique a trabajadores que no son codirectores, se debe seguir utilizando el modelo tradicional de Unilav.
En cuanto a los temas de la red, el INL aclaró que:
- Por un lado, este tipo de red, en la medida en que está dotada de una subjetividad jurídica autónoma y diferenciada con respecto a las empresas de la red, tiene derecho a emplear directamente a los trabajadores que se utilizarán en la realización de los objetivos fijados en el programa de la red;
- Por otro lado, el artículo 30.4-ter del Decreto Legislativo nº 276/2003 no condiciona la admisibilidad del régimen de cogestión a la naturaleza jurídica de la red. Por lo tanto, a falta de una prohibición normativa expresa, como en el caso de los contratos-red, también en los sujetos-red es posible emplear en régimen de codatoriedad a los trabajadores de la misma red o de las empresas de la red, siempre que la codatoriedad haya sido prevista en el contrato y regulada por un convenio adecuado.
Las notificaciones relativas a la relación laboral en codatorialidad en la red-sujetos se harán siempre a través del formulario «UniRete», según las modalidades del DM. nº 205/2021 y en cumplimiento de las indicaciones operativas previamente proporcionadas por el INL con la Nota nº 315 de 22 de febrero de 2022.
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